
Nuestro objetivo es su tranquilidad
¿Quiénes deben tener un Plan de Emergencia?
04.01.2011 12:38
- Edificios acogidos a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria (Edificios habitacionales, corporativos o de oficinas).
- Las empresas productivas, de servicios, comerciales, industriales y en general todo lugar de trabajo conforme al Decreto Supremo Nº 594.
- Establecimientos Educacionales (Colegios, Jardines Infantiles, Sala cuna), conforme a lo establecido en la Resolución Nº 51 emanada del Ministerio de Educación.
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