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¿Quiénes deben tener un Plan de Emergencia?

04.01.2011 12:38

 

  1. Edificios acogidos a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria (Edificios habitacionales, corporativos o de oficinas).
  2. Las empresas productivas, de servicios, comerciales, industriales y en general todo lugar de trabajo conforme al Decreto Supremo Nº 594.
  3. Establecimientos Educacionales (Colegios, Jardines Infantiles, Sala cuna), conforme a lo establecido en la Resolución Nº 51 emanada del Ministerio de Educación.

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